Sociedad de mutuos beneficios

Sociedad de mutuos beneficios

Se encuentra en discusión parlamentaria un proyecto de reforma de la Ley de Medios N.° 19307. En la versión inicial elaborada por el Poder Ejecutivo este proponía elevar de tres a ocho la cantidad de licencias de radio y televisión en manos de una misma persona física o jurídica. En los primeros intercambios legislativos dentro de la coalición de Gobierno esta cifra fue objeto de debate, pero todo lleva a sospechar que el límite de la concentración admitida no será menor a cinco.

El docente e investigador de la Facultad de Información y Comunicación de la Universidad de la República Gabriel Kaplún, explicó en la diaria del 8 de mayo de 2021 que en realidad en este caso importan poco los números, porque el proyecto «elimina prácticamente toda barrera a la concentración. Lleva de tres a ocho las licencias acumulables, no habla de grupos económicos, y si alguien tiene menos de 30% de las acciones de una emisora no tiene ningún límite para ser propietario de todas las radios y los canales del país». En otras palabras, con múltiples sociedades anónimas en las que alcanza con cambiar uno solo de sus componentes en cada caso, las posibilidades de concentrar la propiedad de los medios son infinitas.

Importa estudiar cómo hemos llegado al actual oligopolio, en el que tres grupos económicos familiares acaparan la mayoría de las ondas de radio, televisión abierta y para abonados en este país. En 1956 inició sus transmisiones Saeta, Canal 10, en 1961 lo hizo Canal 4 Montecarlo y en 1962 Teledoce. Último vendría, al año siguiente, el Canal 5 del Sodre. Los canales privados colonizaron luego el interior del país al recibir concesiones a favor de miembros de sus familias o de testaferros y se amplió de esta forma el tamaño y poderío económico de estos grupos. Si bien competían entre sí en Montevideo, comprendieron los beneficios de la cartelización para asegurar su control del país. Con ese fin fundaron la Red Uruguaya de Televisoras (RUTSA), empresa que se constituyó en proveedora de la programación de todos los canales abiertos del interior, tanto de los propios como de los ajenos.

Así como crearon en conjunto RUTSA, en los primeros años 90 —y con la ventaja de estar cercanos al poder y bien informados— conformaron la empresa Equital, antes de que el Gobierno de Luis Alberto Lacalle efectuara un llamado para la concesión de más de 100 sistemas de televisión para abonados en Montevideo y en el interior. En el nuevo esquema de la TV para abonados los canales se propusieron repetir la receta anterior: libre competencia comercial en la capital (con cableado común en Montevideo, controlado por Equital) y operación conjunta en el interior a través de este consorcio dueño de la programación.

Para quienes se habían repartido el mercado antes de que este fuera creado oficialmente todo salió como esperaban. Fue así que, a pesar de la presentación de numerosas propuestas de poderosos grupos económicos, el Gobierno adjudicó tres canales de cable en Montevideo a los grupos dominantes de la TV abierta en el país, para «preservar» una «razonable competencia» (así constó en la resolución). De esta forma «compitió» la TV abierta con el cable. El Gobierno de Luis Alberto Lacalle se encargó también de asegurar esta «razonable competencia» en los lugares estratégicos del interior preferidos por los tres grupos integrantes del oligopolio. Ahora su hijo, Luis Lacalle Pou, en igual línea política, se propone legalizar lo que ya existe de hecho, contemplado con agrado o al menos con tolerancia por Gobiernos de todos los signos políticos.

Cómplices en la infamia 

Algún observador distraído podría pensar que estamos solo ante un censurable favoritismo económico, pero esto va mucho más allá. Para comprobarlo basta leer la reseña hecha por 180 Portal de una entrevista mantenida el 16 de abril pasado con José Luis Guntín a propósito de su libro La vida te da sorpresas. En esta oportunidad, quien fuera  suplente de Américo Ricaldoni y Enrique Tarigo, y también director de Canal 5 durante la segunda presidencia de Sanguinetti, confesó sentir que hizo cosas fuera de lo «legal», y que eran «antidemocráticas».

Una de ellas estuvo referida a la censura de un spot publicitario de la Comisión pro Referéndum que, en 1989, impulsaba el voto verde para derogar la Ley de Caducidad. Así narró Guntín en su libro un episodio sucedido dos días antes del referéndum, que comprueba un accionar concertado entre los dueños del oligopolio y uno de los partidos tradicionales, hoy parte de la coalición multicolor:

«Esa mañana, temprano, serían las nueve, me llamaron urgente de Presidencia para que concurriera al edificio Libertad. Fui lo más rápido que pude.

Subí al séptimo piso y en el despacho del presidente estaban, sentados alrededor de la mesa, Sanguinetti, Tarigo, Miguel Ángel Semino, secretario de Presidencia, Jorge de Feo [Canal 10], el ingeniero Horacio Scheck de Canal 12 y Walter Nessi, prosecretario de Presidencia.

Los saludé rápidamente, porque imaginé que el tema era grave y urgente para convocarnos tan temprano en la mañana.

Apenas terminé de saludarlos, el presidente me dijo que estaban deliberando acerca de un aviso, un tape, que el día anterior, a última hora, había llegado a los canales proveniente de la Comisión pro Referéndum.

‘Queríamos que lo vieras y nos dieras tu opinión’, me dijo Sanguinetti. Le contesté: ‘bueno’, e inmediatamente salí detrás de Nessi a mirarlo.

Aparecía en la pantalla una señora que inmediatamente reconocí. Era Sara Méndez y en el tape hablaba de su tragedia y la de su hijo, Simón Riquelo, desaparecido años atrás.

Sanguinetti me preguntó qué me habían parecido ambos videos. El silencio y los rostros preocupados aumentaron. Lo rompió de Feo, quien le habló directamente al presidente.

Le dijo que bastaba una palabra suya para que el video no apareciese. Lo miró a Scheck, quien asintió. ‘Hablamos ahora con Hugo Romay y ninguno de los avisos aparece. Podemos argumentar que llegaron tarde a los canales y que ya teníamos las tandas completas’, expresó de Feo entusiasmado».

Aunque siempre se tuvo la certeza de una confabulación de este estilo nunca existieron elementos de prueba hasta que apareció el referido testimonio de Guntín, sobre el que Julio María Sanguinetti —principal comprometido— ni siquiera insinuó un desmentido. Quedó claro en este episodio que los favores recibidos por el oligopolio de los medios de comunicación tienen también devolución en los momentos oportunos.

Resultaría ideal que el «cuarto poder» en Uruguay fuera independiente, que no apareciera ligado por estrechos lazos económicos y políticos a los Gobiernos, que los medios no los consultaran sobre la difusión de tal o cual publicidad o noticia. Pero lamentablemente esto no es así sino todo lo contrario y estamos en la víspera de una nueva decisión «antidemocrática», como diría Guntín, por más vestimenta legal que se le ponga.

Recomendaciones desatendidas 

¿Y qué dicen los libros, o en este caso el Libro Azul. Políticas de Telecomunicaciones para las Américas de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones y la Organización de los Estados Americanos, OEA, en su edición 2005? Nos referimos a recomendaciones a los Gobiernos para la estructuración legal de sus radiocomunicaciones, que hemos extraído de acuerdo a su pertinencia para el caso uruguayo. Comparemos nuestra realidad con lo que se nos aconseja. Para ello identificamos nuestras citas con la numeración con que ellas son presentadas en el referido Libro Azul.

2.5.3.4 A efectos que el sector de las telecomunicaciones contribuya al crecimiento social y económico general del país, los objetivos de la legislación nacional podrían contemplar, entre otros los siguientes principios generales:

b) Proteger a los usuarios;

g) Preservar la competencia sostenible, leal y efectiva en los mercados;

h) Procurar que las actividades de producción y servicios generen empleo;

j) Promover el acceso de todos los habitantes a la sociedad de la información.

2.5.3.5 Algunos servicios de telecomunicaciones son considerados servicios de carácter público que los Estados deben garantizar tanto en su prestación y alcances, como en la regulación y control según sea necesario para proteger el interés público.

2.5.3.6 La legislación debe resguardar, respetar y garantizar los derechos de los usuarios. En la prestación del servicio se incide en el interés y bienestar de la ciudadanía en su conjunto, siendo cada integrante de la comunidad mucho más que un usuario o consumidor.

5.1.12 A medida que crece la competencia en el sector de las telecomunicaciones, la autoridad respectiva debería considerar la adaptación de la reglamentación para no restringir el desarrollo de la plena competencia en el mercado y lograr, al mismo tiempo, los objetivos propuestos.

5.1.14 Es importante que la autoridad reguladora vele porque no se den estas prácticas y prevea mecanismos que eviten la monopolización de recursos esenciales.

Del desprecio, o al menos la indiferencia que han merecido estas recomendaciones surge con claridad que se ha consolidado una total primacía de los intereses de la clase social dominante. Esta ha operado de manera continua con el fin de preservar y aún aumentar su capital económico y su peso político. Estamos siendo testigos de un nuevo reparto de tajadas de poder, en un procedimiento que está ampliando derechos de propiedad sobre bienes intangibles y ajenos, como las ondas electrónicas. Estas no pertenecen a ningún Estado; constituyen un patrimonio común de la humanidad que no puede ser administrado en forma fraudulenta por los Gobiernos, en ausencia de un mínimo control social.