En el convenio colectivo de la banca oficial “está establecida una cláusula que garantiza algunos derechos básicos sobre la no modificación de las tareas y de la organización del banco”, explicó Manuel García, de la Comisión Representativa del banco.
“En el convenio se establece que cualquier modificación que afecte a recursos humanos tiene que ser informada y tiene que ser discutida con el sindicato”, agregó. García explicó que “esta redacción abarca cualquier tipo de modificación de las estructuras, a las descripciones de los cargos, responsabilidades o tareas que se le asignan a los compañeros”.
Sin embargo, hasta el momento “el banco interpreta” que “sólo debe informar y discutir con el sindicato aquellas grandes estructuras”. En estos casos “el banco ha participado al sindicato en el proceso” pero AEBU entiende que lo convenido “abarca cosas de mayor detalle”.
García explicó “que ha pasado que se hacen modificaciones aparentemente menores en algunos cargos o pequeñas reestructuras y entendemos que en muchos casos se afectan las tareas, se cambian las responsabilidades, y amerita que se discuta con el sindicato y que los compañeros estén enterados de antemano”, “que tengan la oportunidad de dar su opinión, también”.
Joaquín Santa Cruz, también de la representativa del BROU, dijo que “no se trata de un espíritu de cogestión ni de fiscalización sino participar como representantes de los trabajadores en las decisiones que nos impactan”.
Santa Cruz contó que hubo una modificación en la estructura del Departamento de Protección de Activos Físicos del banco, y que al tomar conocimiento de que la estructura se estaba revisando “se pidió información sobre cómo sería la dotación y la forma de trabajo de esa nueva estructura”.
Al mismo tiempo, “se modificaban las descripciones de los cargos, se suprimía alguna responsabilidad por tareas en desuso”. Allí “lo que se planteó a través del Consejo de Sector Financiero Oficial fue que intercediera e iniciara una acción de discusión con el Directorio para tener una instancia en particular sobre esta modificación específica”.
Lo que se plantea a partir de ello, es que “toda aquella resolucion de directorio que implique una modificación en la estructura o un impacto en los recursos humanos, como bien dice el convenio colectivo, se de vista al sindicato”, explicó Santa Cruz.
Se busca “que esto quede como un ámbito bipartito y establecer el orden de trabajo”, donde una “modificación pequeña, mediana o grande” tenga ya estipulado “cuanto es el tiempo” que los trabajadores tienen para dar respuesta.
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