Se llegó allí a ignorar por parte de un legislador la propia ley que regula las licencias sindicales para facilitar un mejor ejercicio de la actividad gremial. No estamos ante el primer ataque sufrido por el movimiento de los trabajadores en tiempos recientes, pero preocupa especialmente que en este caso el objetivo haya sido la propia persona del presidente del PIT-CNT.
Por mérito propio la figura de Fernando Pereira se ha ganado la popularidad y el aprecio de la gran mayoría de los uruguayos, por su mesura y su don de gentes. Se trata de una de las personalidades más relevantes del país, y su conducta cuidadosa refleja la del conjunto de nuestro movimiento sindical del que estamos enormemente orgullosos. Por ello debemos condenar este tipo de ataques. Ellos solo pueden crispar el debate de ideas y alejarnos de la construcción de una sociedad mejor y más justa.
Nuestro compañero Fernando Gambera explicó en Radio Camacuá que la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación están reguladas por los convenios 87 y 98 de la OIT, ratificados por Uruguay. En particular, el artículo 3 del Convenio 87 establece: «Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal». Por ello para Gambera «no se puede estar cuestionando continuamente los derechos adquiridos y desconociendo una construcción como la OIT, que acaba de cumplir 100 años».
Por el camino errado
Podcast: Reproducir en una nueva ventana | Descargar